Ayuda Escolar Anual 2019 presentar el certificado online

Ayuda Escolar Anual 2019 presentar el certificado online. Los padres y escuelas deben presentar la Ayuda Escolar Anual el certificado de escolaridad online. Desde ANSES permiten presentar por Internet el certificado de escolaridad lo que es una ventaja en cuanto a ahorro de tiempo. La ANSES puso a disposición la posibilidad dentro de su Web, de presentar el certificado de escolaridad por Internet, el “Formulario Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial PS 2.68”. Ya que actualmente dicha constancia se la podía presentar en forma presencial en las delegaciones de Anses con turno previo, algo que todavía pueden hacer.

Anses Ayuda Escolar: Cuándo Cobro

Liquidación Masiva:

  • Es liquidada en Marzo y Abril de cada Ciclo Lectivo, dependiendo del sistema liquidador.
  • Aquellos que posean CUIL con derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o Hijo con Discapacidad.

Liquidación Extraordinaria:

  • Se liquida en el período Marzo de cada año, contra presentación del Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación”, antes del 31 de Diciembre de cada año.

ANSES Trámitar la Ayuda Escolar:

Por Internet:

De Forma Presencial:

  • Solicitar formulario Ayuda Escolar en oficinas de ANSES o imprimirlo desde: (Formulario PS 2.68).
  • Llevar el formulario al establecimiento escolar para que lo completen y sellen.
  • Presentar el formulario de Ayuda Escolar en oficinas de ANSES, para lo que deben solicitar un previamente turno Anses o al teléfono 130.

Acreditar Ayuda Escolar por Internet:

La Web www.anses.gob.ar de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) permite realizar trámites online a los titulares de las prestaciones en cualquier horario y sin turno previo.

El pago de la Asignación por Ayuda Escolar Anual lo otorga ANSES a madres y padres de hijos menores en edad escolar e hijos discapacitados -no hay límite de edad-que asistan a centros de rehabilitación.

Requisitos para Cobrar la Prestación Ayuda Escolar:

  • Empleado en relación de dependencia
  • Trabajador independiente inscripto en el Monotributo
  • Jubilado y/o pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
  • Veterano de la Guerra de Malvinas
  • Titular de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Para acceder al beneficio los beneficiarios debe tener su información y la de su grupo familiar actualizada en la base de datos de ANSES. Si no tuviera actualizada deberán presentarse en cualquier oficina de Anses con la documentación que acredite el vínculo familiar.

Pago Ayuda Escolar:

  • El pago de la Ayuda Escolar le corresponde al titular con derecho a cobrar: Asignación por Hijo o la AUH al menos un mes dentro del año calendario.
  • Se cobra en Marzo y es un pago automático todos los beneficiarios que cumplieron con la presentación del Formulario de Ayuda Escolar en el año anterior.

Anses Aumento AUH 2018: ¿cuanto cobro?

MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES, ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO Y POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL

  • Rangos y Montos para las Asignaciones Familiares percibidas desde 01/03/2018
  • Para las Asignaciones por Adopción, Nacimiento y Matrimonio desde 01/03/2018
  • Montos para las Asignaciones Universales percibidas desde 01/03/2018

Resolución ANSES N° 32/2018

ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA,
TITULARES DE LA PRESTACIÓN DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, DE LA
PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, DE LAS PENSIONES HONORÍFICAS DE VETERANOS Y
JUBILADOS Y PENSIONADOS

Para el pago de las Asignaciones Familiares se toma en cuenta el “Ingreso del Grupo Familiar” (IGF) consiste en la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar:

 La suma de las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia registrados,
 Más la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder);
 Excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo;
 Más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico,
 Más los haberes de jubilación y pensión,
 Más el monto de la Prestación por Desempleo,
 Más Planes Sociales,
 Más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
Si un integrante del grupo familiar percibe un importe superior a ($ 47.393.-) brutos, se excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar.

TOPES DE INGRESO DEL GRUPO FAMILIAR VIGENTES – Resolución ANSES N° 32/18

 Tope Mínimo de Ingreso del Grupo Familiar $ 200.-
 Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar $ 94.786.-
 Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar $ 47.393.-

QUÉ SE TOMA EN CUENTA PARA EL PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES

El monto de las asignaciones familiares estará dado:

 Para los Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación
declarada por el empleador ante AFIP.
 Para los Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se
encuentren bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia.
 Para los Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares
de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia.

* 80% en la liquidación normal.
** 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad contra la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y DDJJ del Adulto Responsable.
20% acumulado de la Asignación por Embarazo para Protección Social contra la presentación del
Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” con los rubros 1 y 3
debidamente cumplimentados, adjuntando además la constancia de Inscripción en el Plan Nacer/
Programa SUMAR del recién nacido y la Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción del Embarazo.

QUIÉNES PERCIBEN ESTAS ASIGNACIONES

1: Trabajadoras en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del
Trabajo y Trabajadoras en Casas Particulares (Servicio Doméstico).

2, 3, 4 y 5: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos
del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo y Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

5*, 6*, 7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías A, B, C, D, E, F, G, H e I.

6, 7, 8 y 9: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos
del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo, Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema
Integrado Previsional Argentino, Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías J y K. La Ayuda Escolar Anual sólo corresponde en el caso de Hijo con Discapacidad.

10: Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de
Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

11, 12 y 13: Titulares de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social.

14: Titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

VALOR GENERAL

Montos de Asignaciones Familiares para:

 Trabajadores en Relación de Dependencia registrados y Titulares de la Prestación de la Ley
de Riesgos del Trabajo (ART) que realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
 Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en todo el país a
excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.

 Titulares de la Prestación por Desempleo que residan en todo el país.
 Trabajadores Monotributistas que residan en todo el país.

Montos de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social para los Titulares que
residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.

ZONA 1

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en:

La Pampa

Río Negro

Neuquén

En los departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa

Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas)

Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas)

Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris)

Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes)

Departamento San Carlos (Distrito Pareditas)

Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas)

Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida);

Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas)

Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.

Montos de Asignaciones Familiares para Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y para los que sean Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en:

La Pampa

Chubut

Neuquén

Río Negro

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

Montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección
Social para los Titulares que residan en:

La Pampa

Chubut

Neuquén

Río Negro

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

ZONA 2 

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART), que realizan sus actividades en:

Chubut.

ZONA 3 

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART), que realizan sus actividades en:

Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca)

Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy)

Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

ZONA 4

Montos de Asignaciones Familiares por Hijo y Prenatal para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART) que realizan sus actividades en:

  • Santa Cruz
  • Tierra del Fuego
  • Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Exclusión del Grupo Familiar para Cobrar:

El cobrar un ingreso que supere $47.393 de uno de los integrantes del grupo familiar, automáticamente excluye al grupo del cobro de las Asignaciones Familiares, aunque con la suma de sus ingresos no supere el tope máximo $94.786.

Qué Ingresos se Consideran:

Según el Decreto 1667/2012, publicado en el Boletín Oficial el 13 de Septiembre 2012, deben considerarse como ingresos a:

  • Las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados,
  • Las rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas,
  • Las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a las:
    • Prestaciones por desempleo (Ley 24.013 y Ley 25.191).
    • Jubilaciones y pensiones (Ley 24.241).
    • Prestaciones por riesgos del trabajo (Ley 24.557).
    • Asignación por maternidad (Ley 24.714, Art. 11).

Los topes previstos No son aplicables para la liquidar Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, ni para determinar el valor de la Asignación por Maternidad de la trabajadora.

Aquellos que trabajen el Sector Público Nacional, desde Enero 2013 tienen derecho a las Asignaciones Familiares en forma directa cobrándolas vía ANSES por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Asignación Para Ayuda Escolar:

La asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del Ciclo Lectivo para los niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años inclusive, deben presentar el certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, como fecha límite, al 31 de Diciembre de cada año.

Formulario PS 2.68:

  • Presentar el Formulario PS 2.68 (Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación).
  • El formulario lo pueden descargar desde AQUI u completando la información requerida por el sistema.
  • Luego de imprimirlo, el F. PS 2.68 lo deben presentar en la escuela o en el centro de rehabilitación para que lo cumplimenten.
  • Luego, podrán presentar el formulario por Internet desde AQUÍ

En Caso de No Presentar el Certificado:

  • Es obligatorio volver a presentarlo en 2018.
  • Si no lo presentan, el Estado Nacional les descontará el importe pagado de futuras Asignaciones Familiares.

Plazo Presentación Certificados Escolares:

El plazo de presentación del certificado de escolaridad ante ANSES es obligatorio para los que accedieron a cobrar la Ayuda Escolar Anual en Marzo 2016, que se liquidará en Marzo 2017, por entonces habian asegurado que la presentación vencia el 31 Diciembre 2016.

Anses, el organismo previsional dispone de la opción de poder hacer el trámite desde su Web, www.anses.gob.ar, también de manera presencial y con turno previo en las delegaciones ANSES.

  • Antes la escuela debía sellar el certificado de escolaridad y luego presentarlo ante ANSES para seguir cobrando la Asignación Universal por Hijo o Asignaciones Familiares, según correspondiera.
  • Pero desde Noviembre 2015 las escuelas pueden presentar los certificados con la Clave de Seguridad Social Corporativa. Si bien no todas las escuelas realizan dichas presentaciones.
  • La presentación del certificado escolar es obligatoria para cobrar la Ayuda Escolar Anual y acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social – AUH.
  • Los padres y madres de niños de 45 días a 4 años deben presentar la libreta o certificado.

Como Presentar el Certificado Escolar:

  • Ingresar en “Prestaciones y Servicios
  • Elegir opción “Asignaciones Familiares
  • Clickear en “Ayuda Escolar Anual
  • Luego en el Formulario PS 2.68 ACREDITACIÓN ESCOLARIDAD / ESCOLARIDAD ESPECIAL / FORMACIÓN. Completarlo online e imprimirlo.
  • Llevar el formulario al establecimiento educativo para que lo completen y sea certificado. Si la escuela tiene Clave de la Seguridad Corporativa, podrá realizar la carga del formulario desde la Web de Anses.
  • Ingresar en “Mi ANSES” trámites con la Clave de la Seguridad Social para consultar que el formulario fue cargado.

Cómo Consultar Si el Colegio Presentó Online el Certificado Escolar:

  • Para confirmar la carga online del certificado realizada por el colegio, los padres y madres pueden consultar en “Mi ANSES Trámites” con la Clave de Seguridad Social y podrán Podrán consultar que el formulario fue cargado por el colegio.
  • Los establecimientos educativos de forma online, pueden acceder a “Mi ANSES Trámites” con la Clave de Seguridad Social, y confirmar que el colegio realizó la carga.
  • La presentación del certificado escolar es de carácter obligatorio para cobrar la Ayuda Escolar Anual y para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social – AUH.
  • Para niños de 45 días a 4 años tienen que presentar la libreta o certificado.

Muchos se preguntan ante el inicio del año escolar 2017, si deben presentar el certificado para cobrar Ayuda Escolar. La respuesta es SI para la presentación del Certificado de Escolaridad para la Asignación Universal por Hijo o Asignaciones Familiares.

Las escuelas deben cargar el certificado escolar en la página de ANSES (www.anses.gob.ar) para lo que tienen que tener la Clave de Seguridad Social Corporativa. Lo que le evita al titular tener que presentar el certificado en las oficinas de Anses.

Antes precisaban que la escuela sellara el certificado de escolaridad y luego llevarlo a ANSES para poder seguir cobrando la Asignación Universal por Hijo o Asignaciones Familiares. Pero desde Noviembre las escuelas pueden presentar el certificado a través de la Clave de Seguridad Social Corporativa. Aunque no todos los establecimientos educativos realizan las presentaciones.

Presentar Certificado Escolar:

-Ingresar en www.anses.gob.ar

-Ingresar en el apartado Prestaciones y servicios

-En opción Asignaciones Familiares

-Clickear en Ayuda Escolar Anual

-Luego en el formulario PS 2.68 ACREDITACIÓN ESCOLARIDAD / ESCOLARIDAD ESPECIAL / FORMACIÓN

-Completar el formulario online e imprimirlo.

Por último, presentar el formulario al establecimiento educativo para que completen y sea certificado.

Si la escuela dispone de la Clave de la Seguridad Corporativa, podrá realizar la carga del formulario desde la Web.

Pueden Percibir la Ayuda Escolar Asi:

-Trabajadores en relación de dependencia: desde 1º de Marzo.
-Jubilados y pensionados: junto con el haber de Marzo de 2016 desde el Martes 8 Marzo.

Para todos los casos, deberán presentar en cualquier momento del año el certificado de escolaridad ante la ANSES de los niños, niñas y adolescentes.

A Quiénes le Sirve la Asignación por Ayuda Escolar:

Beneficia a los padres y madres con hijos en edad escolar y son trabajadores en relación de dependencia, titulares de:

  • Asignacion Universal por Hijo
  • La Ley de Riesgos del Trabajo
  • De la Prestación por Desempleo
  • Titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino
  • De Pensiones No Contributivas por Invalidez
  • Pensiones Honoríficas para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Cabe aclarar que los titulares mencionados en el párrafo anterior que no hayan percibido la prestación en forma automática deben solicitarla en la ANSES.

Personas con Discapacidad:

Les corresponderá dicha prestación si:

• Concurren a establecimientos de Enseñanza Diferencial, Talleres Protegidos, Instituciones de Formación Laboral que ayuden al desarrollo e inserción social.

• Reciban enseñanza de maestros particulares con matrícula habilitante.

• Concurran a establecimientos públicos o privados controlados por la autoridad competente y que presten servicios de “Rehabilitación”.

Plazo de Cobro y Presentación:

La encargada de pagar es ANSES que lo hace automáticamente pagando la Ayuda Escolar Anual en el mes de Marzo. Para cobrar la Ayuda Escolar deben presentar el certificado escolar ante ANSES siendo obligatorio teniendo la fecha a patir del inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de Diciembre. Si no fuera así, se les descontará el el monto a principio de año será descontado de las próximas liquidaciones de las Asignaciones Familiares.

Los titulares que no cobren la prestación automáticamente, tendrán que solicitar la misma ante Anses presentando el certificado de escolaridad, mediante la Web de Anses.

Los titulares que no cobraron por algún motivo la prestación automáticamente pueden solicitarla ante la ANSES y les será pagada contra la presentación del Formulario, para completarlo hacer clic aquí.

Cómo Presentar el Certificado desde www.anses.gob.ar 

1) Ingresar en el apartado Prestaciones y servicios, opción Asignaciones Familiares.

2) Hacer clic en Ayuda Escolar Anual y luego en el formulario PS 2.68 ACREDITACIÓN ESCOLARIDAD / ESCOLARIDAD ESPECIAL / FORMACIÓN. Completarlo en forma online e imprimirlo.

3) Llevar el formulario al establecimiento educativo para ser completado y certificado.

Pueden Consultar: Ayuda Escolar Anses: formulario escolaridad

4) Reingresar al apartado Ayuda Escolar Anual pero, esta vez, hacer clic en la opción ACREDITACIÓN DE ESCOLARIDAD ON LINE: allí ingresar el CUIL del alumno y el número de formulario. Luego, pulsar en escanear y enviar el formulario.

5) Imprimir la constancia de carga.

Cargar el Certificado Escolar los Colegios en la Web:

Desde Noviembre 2015, ANSES lanzó la aplicación para agilizar la atención al público a partir de mayor tecnología e innovación.

Permite a establecimientos educativos poder cargar los certificados escolares en www.anses.gob.ar, con lo que evitan que deban concurrir a a las oficinas de Anses para presentar los certificados escolares para acceder a la AUH y a la Ayuda Escolar Anual.

Para gestionarla deben tener Clave de la Seguridad Social Corporativa (única por establecimiento escolar), le permite a un responsable actuar en nombre de cada colegio.

Guía Para Realizar el Trámite y Presentar el Certificado Escolar en la Web de ANSES:

1) Ingresar en:

http://www.anses.gob.ar/trabajadores/asignaciones-familiares-trabajadores/ayuda-escolar-anual-presentacion-del-certificado-online-384

2) Elegir la opción “completar y descargar el formulario” en forma online.

3) Presentar el certificado en el Establecimiento Educativo o Instituto de Rehabilitación al que asiste su hijo/a en el que deben completarlo y certificarlo.

4) Escanear el certificado y repetir el paso 1, ingresando en la opción “presentar el certificado escolar online”.

5) Luego seguir los pasos, que figuran en la misma Web de Anses.

Formulario de Acreditación de Escolaridad:

Lo pueden presentar vía Web de ANSES permitirá certificar la concurrencia de los chicos al colegio o, de discapacitados, a los centros de tratamientos o enseñanza especial, lo que garantiza la transparencia y control para otorgar el pago de la misma.

Prestación Ayuda Escolar Anual:

-Es para los chicos de entre 5 a 17 años, cuando su grupo familiar registre ingresos menores a $30.000 mensuales, o $15.000 de alguno de los padres/tutores.

-El monto de la Ayuda Escolar Anual llega a $800, dependiendo de la zona geográfica en la que el trabajador estuviera desarrollando sus tareas laborales.

La Asignación por Ayuda Escolar Anual se otorga a las familias de los niños menores de 18 años de edad o personas con discapacidad que concurran a establecimientos nacionales, provinciales, municipales o privados (subvencionados o no), y incorporados a la Enseñanza Oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos.

• Nivel Inicial (desde los 45 días de vida), abarcando jardines maternales o de infantes, salas multiedades o rurales, con distintas secciones y ciclos que respondan a las necesidades de los niños/as, o

• 1º grado de la Escuela Primaria hasta el 6º año de la Escuela Secundaria o Educación General Básica (EGB) o Polimodal.

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